EMPRESAS Y AUTÓNOMOS RECIBIRAN NOTIFICACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL POR INTERNET

individualLas empresas y autónomos recibirán las notificaciones de la Seguridad Social por Internet

La novedad afecta a las la implantación de las Notificaciones Telemáticas de la Seguridad Social (NOTESS) que se generalizan desde el pasado 1 de abril. La nueva normativa supondrá que el 100% de las empresas españolas cumplirá sus obligaciones con la Seguridad Social a través del uso de medios telemáticos. También los trabajadores autónomos se beneficiarán del sistema RED para los trámites con el organismo y se implantarán nuevos servicios ligados a la cotización y recaudación.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha emitido tres Órdenes Ministeriales mediante las que se generaliza a partir del pasado 1 de abril de 2013, la implantación de las Notificaciones Telemáticas de la Seguridad Social (NOTESS). El sistema incorporará a un millón y medio de empresas y trabajadores autónomos.

Desde Fornell Consultors les queremos informar de que los sujetos obligados a recibir estas notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos serán los siguientes:

  • Empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, y obligados a incorporarse al Sistema RED con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta.
  • Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (exceptuando los del Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios), que al mismo tiempo tengan la condición de empresarios obligados a transmitir por el Sistema RED los datos relativos a sus trabajadores, en cuyo caso también estarán obligados a transmitir por el mismo sistema sus propios datos como trabajadores autónomos.
  • Aquellos sujetos que, sin estar obligados a incorporarse al Sistema RED, se hayan adherido voluntariamente al mismo, en tanto se mantenga su incorporación al citado sistema.

Un-equipo-bien-integrado2Por otro lado, entendemos que no estarán obligados:

  • Empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en el Régimen General, por lo que respecta a los colectivos de profesionales taurinos y representantes de comercio y a los Sistemas Especiales para Empleados de Hogar y de la Industria Resinera.
  • Trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que no tengan la condición de empresarios (sin trabajadores a su cargo), y en cualquier caso también aquellos que pertenezcan al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
  • Trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Las notificaciones electrónicas a los sujetos obligados se realizarán mediante el sistema de comparecencia en la SEDESS, en la dirección electrónica https://sede.seg-social.gob.es

El autorizado RED  (en caso de nuestros clientes, FORNELL CONSULTORS) recibirá un mensaje a través del Sistema RED y las empresas por correo electrónico, informando sobre las notificaciones puestas a disposición en SEDESS.

El acceso a SEDESS cada diez días garantizará el conocimiento de todas las notificaciones.

clientes_satisfechosEl usuario podrá realizar estas gestiones y recibir mensajes de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sin necesidad de desplazamientos innecesarios. Se trata de los trámites relacionados con las obligaciones de cotización, afiliación, y partes de alta y baja médica de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

 

Las puesta en marcha de las nuevas notificaciones telemáticas es posible gracias a la consolidación del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED) que canaliza la relación telemática de la Administración de la Seguridad Social con las empresas y sus autorizados, y ahora con los trabajadores autónomos que estén obligados a transmitir por este sistema los datos de los trabajadores.

 

Atención. La nueva normativa supondrá que el 100% de las empresas españolas cumplirán sus obligaciones con la Seguridad Social a través del uso de medios telemáticos.

También los trabajadores autónomos se beneficiarán del sistema RED para los trámites con el organismo, y se implantarán nuevos servicios ligados a la cotización y recaudación.

 

Por otro lado, se establece un mecanismo de alerta que informa de la existencia de una notificación electrónica mediante un mensaje de texto al teléfono móvil o a través del correo electrónico para garantizar la eficacia del propio sistema de notificación.

 

La implantación del sistema NOTESS de la Seguridad Social conseguirá centralizar y agilizar el tiempo de gestión administrativa, y dará continuidad al proyecto de reducción de plazos iniciado el pasado año. En este sentido, el tiempo se rebajará en casi un mes, ya que se elimina la espera de correo postal y la publicación de Boletines Oficiales. Además, se incrementa la capacidad de respuesta gracias a la inmediatez de las comunicaciones telemáticas y se garantiza la seguridad de las mismas.

 

Atención. A lo largo de 2013, los empresarios y sus autorizados RED accederán a través de Internet a las notificaciones remitidas por la TGSS desde cualquier lugar, las 24 horas del día y los 365 días del año.

FornellConsultors_Newsletter_Cabecera3EN BREVE NUESTRO DEPARTAMENTO LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL SE PONDRÁ EN CONTACTO CON USTED PARA LA GESTION DE ACTIVAR TELEMÁTICAMENTE SU POSTAL. 

LE ASESORAREMOS SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE TRABAJO A SEGUIR A PARTIR DEL MOMENTO DE LA ACTIVACIÓN EN EL MES DE MAYO.

STOP BONIFICACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL

Se suprimen un gran número de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social en las cotizaciones de agosto que se pagan en septiembre.

Desde FORNELL CONSULTORS hoy le recordamos que con efectos desde el 15-07-2012 se ha suprimido un buen número de bonificaciones a la Seguridad Social por contratación y por mantenimiento del empleo, así como bonificaciones destinadas al fomento del autoempleo, y que afecta ya a las bonificaciones en las cuotas devengadas desde el pasado mes de agosto de 2012.

El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, adopta una serie de medidas que afectan al ámbito laboral ante el recrudecimiento de la crisis económica y el acoso de los mercados, entre ellas son de especial importancia para el empresario la supresión de un buen número de bonificaciones a la Seguridad Social por contratación y por mantenimiento del empleo, así como bonificaciones destinadas al fomento del autoempleo, y que afecta ya a las bonificaciones en las cuotas devengadas desde el pasado mes de agosto de 2012.

No obstante, la supresión no es de aplicación a determinadas  bonificaciones recogidas en la norma. Así, por ejemplo, se mantienen:

  • La mayoría de las aprobadas en la última reforma.
  • Las vinculadas a contratos concertados con discapacitados.
  • Las vinculadas a los contratos con personas víctimas de la violencia de género.
  • Las vinculadas a los contratos por sustitución de maternidades y situaciones análogas.

A continuación trataremos de resumir las bonificaciones que se mantienen o siguen vigentes.

Bonificaciones que siguen vigentes

  1. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores (menos de 50 trabajadores).  El nuevo tipo de contrato creado en la última reforma laboral mantiene las bonificaciones que esta ley preveía. Son aplicables cuando se contrate a desempleados inscritos en la Oficina de empleo que o bien sean jóvenes entre 16 y 30 años, o bien desempleados mayores de 45 años inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores.
  2. Contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo con anterioridad al 1 de enero de 2012.  También aquí permanece la bonificación, en este supuesto y cuando se transforme un contrato de este tipo en indefinido.
  3. Transformación en indefinidos de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación. Todos estos supuestos, con distintos grados de bonificación, en los contratos celebrados a partir del 12 de febrero de 2012.
  4. Situaciones de suspensión de contrato o reducción temporal de jornada por causas económicas (ERE). Es una medida que favorece el mantener a un trabajador, aunque sea con suspensión de su contrato o con reducción de su jornada, y no despedirlo cuando una empresa afronta una situación económica difícil “por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o fuerza mayor, incluidas las suspensiones de contratos colectivas tramitadas de conformidad con la legislación concursal”.
  5. Contratación de fijos discontinuos que generen actividad productiva de marzo a noviembre en el sector del turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería.
  6. Contratos de interinidad de desempleados en situaciones de maternidad. Bonifica la contratación de personas desempleadas para sustituir a trabajadores que tengan suspendido su contrato de trabajo durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento.
  7. Contratación de personas con discapacidad. Contempla en general la bonificación de este colectivo. También en los casos de contratos de interinidad con los que se sustituyan bajas por incapacidad temporal de discapacitados; en el caso de los discapacitados que se establezcan por cuenta propia; y los contratos que celebra la ONCE con discapacitados.
  8. Contratación de personas afectadas por violencia de género.
  9. Contratación de trabajadores en situación de exclusión social.
  10. Jóvenes que se den de alta en autónomos.  Hasta 30 años en el caso de hombres y 35 de mujeres.
  11. La contratación de cuidadores en familias numerosas.
  12. Contratación o el empleo por cuenta propia en determinados sectores de actividad en las ciudades de Ceuta y Melilla

        Como  despacho profesional especializado en la confección de la nómina y  los correspondientes Boletines de Cotización Tc1 y Tc2, nos ponemos a su disposición para informarle ampliamente de las bonificaciones de las que venía disfrutando, y que a partir de este mes ya desaparecen y quedan sin efecto.

Contacte con nuestro despacho para reducir gastos de personal. Le informaremos de nuevas fórmulas como puede ser la Retribución Flexible, que permiten bajar costes y que el empleado pueda percibir un neto mayor, por el ahorro de impuestos del IRPF.

MAS SANCIONES PENALES POR COTIZAR FRAUDULENTAMENTE A LA SEGURIDAD SOCIAL

Se endurecen las sanciones penales en supuestos de defraudación de cotizaciones a la Seguridad Social

Desde Fornell Consultors les informamos de que se endurecen las penas máximas por defraudar a la Seguridad Socil pasando de 5 a 6 años y se pretende la ampliación del período de prescripción de 5 a 10 años de los supuestos delictivos más graves, como, por ejemplo, las “empresas fantasma”.

El Consejo de Ministros del pasado 11 de mayo,  ha recibido un informe sobre la modificación del Código Penal (Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal) en materia de delito fiscal y contra la Seguridad Social para crear en ambos casos un subtipo agravado para las conductas más graves.

Nuevos supuestos de fraude, penas máximas y ampliación de la prescripción en materia de Seguridad Social

  • En los delitos agravados contra la Seguridad Social se delimitan nuevos supuestos de fraude en los que se ha verificado que la sanción administrativa no es suficientemente efectiva y que la gravedad de estas conductas exige una sanción penal.
  •  Tal es el caso de Código Penal y talleres clandestinos. Los cambios introducidos buscan la mejora técnica del tipo delictivo, así como la incorporación al mismo de los criterios jurisprudenciales y técnicos sentados a lo largo de su aplicación.
  • Se endurecen las penas máximas por  talleres clandestinospasando de 5 a 6 años y se pretende la ampliación del período de prescripción de 5 a 10 años de los supuestos delictivos más graves, como, por ejemplo, las “empresas fantasma” sin actividad real que simulan relaciones laborales, con el único propósito de que los trabajadores obtengan una prestación pública.

 

Cuantías mínimas de la defraudación y nuevas sanciones

  • Se reduce la cuantía mínima de la defraudación, que pasa de 120.000 euros a 50.000 euros, y se incluye dentro de esa cuantía toda la deuda no prescrita.
  • También se sancionan penalmente aquellos casos de defraudación dolosa en prestaciones de Seguridad Social que causen un perjuicio grave al patrimonio de la Seguridad Social, introduciendo un nuevo apartado 307.ter en el Código Penal.
  • Por otra parte, se plantea la modificación del Código Penal para sancionar a aquellos que empleen simultáneamente a una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta en la Seguridad Social, o sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo.
  • Por último, se modifica la redacción del artículo 398 del Código penal, relativo a la falsificación de certificaciones por terceros de documentos de la Seguridad Social, que se considerarán delitos de falsedad documental, y se introduce un nuevo delito que tipifica los supuestos de falseamiento de la contabilidad de las Administraciones Públicas, cuando de este modo se crea un peligro para el patrimonio público administrado.

La especial trascendencia de los bienes jurídicos protegidos (los derechos de los trabajadores y los recursos económicos de la Seguridad Social) motivan las modificaciones propuestas del Código Penal en relación con los delitos contra la Seguridad Social y contra los derechos de los trabajadores.

Pueden ponerse en contacto con el Departamento Laboral de este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto. 

Les recordamos que FORNELL CONSULTORS dispone de abogados especialistas en diferentes materias, capaces de cubrir todas las necesidades de litigio personales y de su empresa o negocio.  Le informaremos sin compromiso.

PRIMERAS MEDIDAS URGENTES DEL GOBIERNO PARA EL 2012

Desde FORNELL CONSULTORS y entre otras medidas, destacamos la bonificación del 100% a las cotizaciones de la Seguridad Social durante el primer año en el caso de la contratación de menores de 30 años que accedan a su primer empleo y la modificación del IVA para que autónomos y PYMES no tengan que pagar el impuesto hasta que efectivamente se haya efectuado el cobro de las facturas correspondientes.

El presidente del Gobierno ha expuesto “las líneas esenciales del programa” que pretende llevar, y que ha resumido en dos directrices fundamentales: “estimular el crecimiento y la creación de empleo”

A continuación les resumimos las principales medidas en que se concreta el programa de Gobierno.

Ley de Estabilidad Presupuestaria

Prórroga de los Presupuestos de 2011. 

 • Nuevos Presupuestos de 2012, antes del 31 de marzo.

• El Gobierno presentará la Ley de Estabilidad Presupuestaria que desarrollará la reforma constitucional el próximo mes de enero.

Dicha Ley:

Establecerá los criterios para la reducción progresiva del nivel de deuda hasta el 60% en 2020.

– Fijará en un 0,4% el déficit estructural global máximo del conjunto de las Administraciones Públicas a partir de 2020.

– Regulará la distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, así como la responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos. El sector público

Oferta Pública de Empleo: se llevará a cero la tasa de reposición de personal del sector público, excepto en el ámbito de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Servicios Públicos Básicos.

• Reestructuración y supresión de Organismos Autónomos, Agencias y otras entidades públicas.

Reducción de los gastos de funcionamiento de la Administración.

• Reforma legal inmediata del modelo de gestión de las televisiones públicas.

 Ley de Transparencia, Buen Gobierno y acceso a la información pública, en el primer trimestre de 2012.

• Pacto por la Austeridad y la Eficiencia.

• Refuerzo por ley de los controles previos y de las responsabilidades de los gestores públicos.

• Reforma de la Ley de Subvenciones que elimine las nominativas, incremente la transparencia, ejecución y evaluación de su impacto, y defina criterios homogéneos para su concesión.

Pensiones y jubilación

Actualización del poder adquisitivo de las pensiones, a partir del 1 de enero de 2012 mediante un Real Decreto.

Supresión de las prejubilaciones, salvo en circunstancias muy excepcionales, y limitación de la prestación por desempleo como mecanismo de prejubilación encubierto.

• Incentivos para prolongar la vida laboral y fomentar su compatibilidad con el cobro de una pensión parcial.

Pensiones más proporcionales a las cotizaciones realizadas a lo largo de toda la vida laboral.

Reforma laboral

• Presentación del proyecto de reforma en el primer trimestre del próximo año.

• Reformar la estructura y contenidos de la negociación colectiva, de modo que cada materia se negocie en un ámbito territorial o sectorial óptimo.

• Primar la resolución extrajudicial de los conflictos.

• Hacer efectivo el derecho individual a la formación permanente y la recualificación.

• Fomentar la eficiencia del mercado de trabajo.

• Abordar los costes que para nuestra economía suponen los puentes, de manera que se trasladaran las fiestas al lunes más cercano, con la excepción de aquellas fechas de mayor arraigo social.

 • Garantizar los derechos de los trabajadores y reforzar los mecanismos de control y prevención, para evitar los comportamientos abusivos y absentismo laboral injustificado.

 • Impulsar medidas de conciliación de la vida laboral, personal y familiar, incluyendo el desarrollo del teletrabajo.

• Planes específicos de reinserción laboral para aquellos trabajadores que decidan reincorporarse tras un período prolongado de inactividad por atención a la familia.

• Elaborar un plan especial a favor de la igualdad de hombres y mujeres en el ámbito laboral, a fin de luchar contra la discriminación salarial entre sexos.

Plan de Empleo Juvenil

• Reforma del sistema de formación profesional.

Bonificación del 100% a las cotizaciones de la Seguridad Social durante el primer año en el caso de la contratación de menores de 30 años que accedan a su primer empleo.

 Sistema financiero

• Culminación del saneamiento del sector financiero en los primeros seis meses del año.

• Segunda ola de fusiones, y más necesidades de capital para mantener la solvencia.

• Reforma del sistema de supervisión del Banco de España.

Saneamiento de los balances con la venta de inmuebles terminados, y valoración muy prudente de los activos menos líquidos.

Competitividad: Reforma energética

• Reforma del sistema energético con el uso de todas las tecnologías disponibles «sin excepciones».

• Plan integral de turismo.

• Impulso del reconocimiento mutuo de autorizaciones y licencias.

• Integración de los instrumentos fiscales de apoyo tecnológico.

Medidas fiscales

• Ley de Apoyo a los emprendedores en los próximos tres meses:

• Definir un marco fiscal de apoyo a los emprendedores, PYMES y autónomos.

• Establecer un procedimiento de compensación automática similar al de la cuenta corriente tributaria para cualquier tipo de deuda reconocida por una Administración Pública.

• Modificar el régimen del IVA para que autónomos y PYMES no tengan que pagar el impuesto hasta que efectivamente se haya efectuado el cobro de las facturas correspondientes.

• Se mantendrá el tipo superreducido en la adquisición de vivienda, únicamente si se trata de la vivienda habitual y con un límite en su precio de adquisición.

• Ayuda fiscal al empleo por importe de 3.000 euros por la contratación del primer trabajador.

Reformas del Impuesto sobre Sociedades:

• Eliminar las limitaciones para la aplicación en el Impuesto sobre Sociedades del tipo impositivo del 20% a empresas con cifra de negocios inferior a cinco millones de euros.

• Ampliar hasta los 12 millones de euros la cifra de negocios que permite acogerse al régimen especial previsto para las empresas de reducida dimensión, y aumentar hasta los 500.000 euros el límite de base imponible al que se aplica el tipo reducido del 25%.

Modificar la fiscalidad de los beneficios no distribuidos, de manera que aquellos dedicados la adquisición de nuevos activos, tributen diez puntos menos que los destinados a ser distribuidos a los accionistas.

Reformas en el IRPF:

• Mejorar la tributación de las prestaciones de los planes de pensiones.

• Recuperar la deducción en el IRPF por inversión en vivienda habitual.

Educación

• Mejorar la educación obligatoria gratuita.

• Promover un bachillerato de tres años.

• Poner en marcha una Estrategia Nacional de Calidad de la Educación.

• Promover el bilingüismo español-inglés en todo el sistema educativo.

• Establecer un nuevo sistema nacional de acceso a la función docente.

• Apostar por la innovación, la excelencia y la internacionalización de nuestro sistema universitario. Justicia

• Renovación del Tribunal Constitucional y del Defensor del Pueblo:

• Agilizar y mejorar su funcionamiento.

• Dar mayores garantías de independencia en los nombramientos de sus miembros.

• Reformar el recurso de amparo y el recurso previo de inconstitucionalidad.

• Abordar de manera inmediata, en diálogo con la oposición, el proceso de renovación pendiente en el Tribunal Constitucional.

• Reducir la litigiosidad.

Nueva Ley de Mediación y Arbitraje, para solución extrajudicial de conflictos, y otra de Jurisdicción Voluntaria.

• Compatibilidad de los sistemas informáticos.

• Cambios en la Oficina Judicial para asegurar la unidad de gestión en todos los órganos jurisdiccionales.